La conciliación es un mecanismo para la solución directa y amistosa de las diferencias que puedan surgir entre dos o más personas, mediante el cual las partes en conflicto, con la colaboración activa de un tercero o conciliador (neutral), ponen fin al mismo celebrando un acuerdo.
Ventajas de la conciliación:
Permite terminar un pleito o prevenir un proceso judicial, obviando costosos trámites, largas esperas y los formalismos de un proceso ante los estrados judiciales. Se desarrolla por regla general en una audiencia, en la cual se firma un acta que presta mérito ejecutivo y tiene los efectos de cosa juzgada, como si se tratara de una sentencia judicial, poniendo fin a la controversia.
Las partes son quienes tomas las decisiones finales.
Son objeto de conciliación todas las controversias que sean susceptibles de transacción, desistimiento o negociación en materia de familia, civil, comercial y de tránsito.
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VIGILADO
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Ministerio de Justicia y del Derecho
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