A través del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Manizales por Caldas – CCMPC, personas naturales y pequeños comerciantes, podrán buscar una segunda oportunidad financiera y tener nuevas alternativas para enfrentar las dificultades económicas.
Este servicio respaldado por la ley 2445 de 2025, permite a los deudores negociar sus compromisos o, en su defecto, proceder con la liquidación de su patrimonio, bajo la supervisión de un conciliador. El objetivo es llegar a acuerdos que permitan el cumplimiento de las obligaciones de manera justa y equitativa para ambas partes.
La iniciativa está orientada a personas naturales y pequeños comerciantes que cuenten con activos totales por valor inferior a los 1000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), en el caso de los segundos, no se les tiene en cuenta el valor de la vivienda de su familia y el vehículo utilizado como instrumento de trabajo; para ambos, esta alternativa busca una segunda oportunidad financiera y nuevas opciones para enfrentar las dificultades económicas.
Ana María Morales Henao, coordinadora del Centro de Arbitraje y Conciliación de la CCMPC, comenta: “Lo más importante es que quienes accedan a este servicio estén en mora por un tiempo superior a los 90 días, tengan más de dos procesos judiciales en contra, y que al menos el endeudamiento sea del 30% del valor total que deben, así mismo, los usuarios tendrán que presentar las certificaciones bancarias con fecha vigente y los documentos que se les indique desde el Centro de Arbitraje, para que el conciliador que se les asigne pueda analizar si son aptos o no para el proceso”.
Al final del estudio realizado pueden haber varios resultados: el primero es que la persona solicitante sí pueda iniciar el proceso y tenga la documentación completa; el segundo, que le falte algún requisito y para estar al día tendrá cinco días hábiles, y el tercero y último, que definitivamente la personal no sea apta para avanzar en el servicio.
Algunos de los beneficios de los usuarios son: la suspensión de descuentos automáticos por libranza y embargos, excepto en casos de obligaciones alimentarias, y la protección laboral, evitando despidos o represalias por parte del empleador.
El servicio tiene tarifas establecidas que se estiman según el valor total del monto del capital de los créditos a cargo del deudor.
Para mayor información acceder al siguiente enlace: lhttps://ccmpc.org.co/centro-de-arbitraje-y-conciliacion/