Empresario, si tu empresa cuenta con el Registro Único de Proponentes, el Gobierno sacó nuevas medidas transitorias con el objetivo de ayudar en la reactivación económica. Recuerda que también aplica si eres persona natural.
El pasado 13 de abril de 2021, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 399 de 2021 el cual modifica algunos artículos y adiciona parágrafos transitorios a algunos de los artículos del Decreto 1082 de 2015.
Con estas modificaciones el Gobierno Nacional permitir la reactivación económica, reconociendo la realidad financiera de muchas de las personas naturales y jurídicas que fueron afectadas.
Esta modificación brindará herramientas adicionales a las entidades estatales para la planeación y análisis del sector, determinando los requisitos habilitantes exigibles en sus procedimientos de selección, particularmente, en relación con la capacidad financiera y organizacional de los proponentes.
Para el efecto, los procesos de contratación estatal tendrán en cuenta la información vigente y en firme que conste en el RUP, con los indicadores de capacidad financiera y organizacional del mejor año de los últimos tres (3) años.
De acuerdo a lo anterior los proponentes con inscripción activa y vigente que no tienen inscrita en el Registro Único de Proponentes la información de la capacidad financiera y organizacional de los años 2018 y/o 2019 podrá reportar por única vez, durante el mes de junio, mediante una solicitud de actualización, la información contable de estos años, sin costo alguno.
Así mismo, a partir del 1 de julio de 2021 los proponentes que tengan la información de la capacidad financiera y organizacional de los años 2018 y 2019 en firme en el Registro Único de Proponentes podrán solicitar su certificado actualizado.
Conoce aquí los decretos.
Decreto 399 del 13 abril del 2021
Decreto 579 del 31 de mayo del 2021.