Esta iniciativa por parte del Gobierno Nacional, consiste en un aporte para las empresas que generen empleo a los jóvenes del país, ofreciéndoles un auxilio económico a la nómina del 25% del salario mínimo legal mensual vigente, por cada empleado entre los 18 y 28 años, que sean contratados después de marzo de 2021. El plazo establecido para la recepción de solicitudes del mes de septiembre estará comprendida entre el 1 al 9 de septiembre de 2021 hasta las 4:00 p.m.
¿Quiénes pueden aplicar a este subsidio?
Al subsidio pueden aplicar:
Personas naturales;
Personas jurídicas;
Consorcios;
Uniones temporales;
Patrimonios autónomos, y;
Cooperativas.
Los anteriores deben demostrar su calidad de empleadores mediante PILA y acreditar el pago de los aportes. Adicionalmente, deben contar con un producto de depósito en entidades financieras.
¿Qué requisitos debe cumplir para acceder al programa?
Cuenta con un producto de depósito en una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de Economía Solidaria.
Se encuentra al día en los pagos de seguridad social para todos los trabajadores que tuvo durante el mes de marzo de 2021.
No tiene una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital.
Si usted es persona natural empleadora: No es una persona Expuesta Políticamente (PEP), de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.4.2.3 del Decreto 1081 de 2015.
Si usted es una cooperativa: Se encuentra debidamente registrada ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
Si usted es un Patrimonio Autónomo: o Es declarante del impuesto de renta y complementarios.”
¿Cómo puedo realizar mi solicitud?
Se deberán presentar los siguientes documentos a la entidad financiera en la que tengan producto de depósito:
Solicitud firmada por el representante legal en la que se manifiesta la intención de ser beneficiario del apoyo
Certificación firmada por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o Contador en donde se certifique:
Que los empleados sobre los que se otorga el apoyo recibieron el salario completo en el mes inmediatamente anterior a la postulación.
Que, al momento de la postulación, los pagos de seguridad social para el mes de marzo de 2021 se encuentran al día, para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.
El Empleador debe postularse mensualmente.