Esta iniciativa por parte del Gobierno Nacional, consiste en un aporte para las empresas que generen empleo a los jóvenes del país, ofreciéndoles un auxilio económico a la nómina del 25% del salario mínimo legal mensual vigente, por cada empleado entre los 18 y 28 años, que sean contratados después de marzo de 2021. El plazo establecido para la recepción de solicitudes del mes de septiembre estará comprendida entre el 1 al 9 de septiembre de 2021 hasta las 4:00 p.m.
¿Quiénes pueden aplicar a este subsidio?
Al subsidio pueden aplicar:
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Personas naturales;
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Personas jurídicas;
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Consorcios;
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Uniones temporales;
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Patrimonios autónomos, y;
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Cooperativas.
Los anteriores deben demostrar su calidad de empleadores mediante PILA y acreditar el pago de los aportes. Adicionalmente, deben contar con un producto de depósito en entidades financieras.
¿Qué requisitos debe cumplir para acceder al programa?
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Cuenta con un producto de depósito en una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de Economía Solidaria.
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Se encuentra al día en los pagos de seguridad social para todos los trabajadores que tuvo durante el mes de marzo de 2021.
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No tiene una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital.
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Si usted es persona natural empleadora: No es una persona Expuesta Políticamente (PEP), de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.4.2.3 del Decreto 1081 de 2015.
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Si usted es una cooperativa: Se encuentra debidamente registrada ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
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Si usted es un Patrimonio Autónomo: o Es declarante del impuesto de renta y complementarios.”
¿Cómo puedo realizar mi solicitud?
Se deberán presentar los siguientes documentos a la entidad financiera en la que tengan producto de depósito:
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Solicitud firmada por el representante legal en la que se manifiesta la intención de ser beneficiario del apoyo
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Certificación firmada por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o Contador en donde se certifique:
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Que los empleados sobre los que se otorga el apoyo recibieron el salario completo en el mes inmediatamente anterior a la postulación.
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Que, al momento de la postulación, los pagos de seguridad social para el mes de marzo de 2021 se encuentran al día, para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.
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El Empleador debe postularse mensualmente.