La nómina electrónica, es un hecho

Por: Mauricio Ruiz González, QUIXA GROUP SAS BIC

 

Ser empresario es una tarea arriesgada, a veces titánica y siempre incomprendida. Lo sabemos quiénes hemos tomado esa decisión y ese camino en nuestras vidas. Formalizarse no debería ser algo espantoso y mucho menos algo a lo que le tengamos miedo. Este sentimiento ocurre, pensamos nosotros, porque la estructura del Estado a veces se malinterpreta y nos empezamos a sentir perseguidos. Y ni decir de la palabra DIAN, que es como si nos quisieran asustar en la noche de brujas.

 

Lo mejor de hacer empresa entonces es hacerlo bien, de manera formal, cuando es así, las oportunidades se multiplican. El ejercicio empresarial no se trata solo de hacer dinero; de hecho, creo que el recurso económico es consecuencia de todo lo demás qué significa hacer empresa. Además del aspecto económico, hoy entendimos que nuestra tarea debe impactar positivamente los aspectos sociales y ambientales.

 

Ya vivimos un proceso de facturación electrónica y lo superamos bien; tanto así, que sentimos que entramos al mundo digital en serio. Ahora vivimos el de la nómina electrónica. La última, consecuencia de la primera, o viceversa… no importa. Lo importante acá es entender que, si en el juego empresarial hay ingresos que reportamos a esa DIAN que poco nos gusta, pues esa misma entidad nos está diciendo que esos costos y gastos que tenemos que asumir como empresarios y que son bastante representativos, como es el caso de los gastos del personal, también los podemos descontar de esa carga impositiva que sentimos abrumadora.

 

En el momento de liquidar los pagos de impuestos, analizar los rubros descontables (los costos y deducciones como nos dicen nuestros contadores) en renta principalmente, vamos a poder deducir los gastos de nómina, en la mayoría de los casos.

 

Vemos entonces que además de esta oportunidad para mejorar el proceso de gestión de impuestos, tenemos la misión de formalizar la nómina de nuestros negocios.

 

Otro aspecto importante que logramos observar en el modelo de nómina electrónica, es que en mi percepción, el sentido de fondo que pretende la DIAN es observar e identificar los ingresos de los asalariados en Colombia, una población que estaba quedando por fuera de la lupa del fisco y que como sabemos, el sistema fiscal nuestro está pensado sobre una base de gravar a las personas naturales ya que a las personas jurídicas se les permite hacer uso de todo tipo de movimientos para deducir, descontar, exonerar, acceder a exenciones, etc.

 

Recuerden entonces cumplir con los plazos para implementar y reportar sus nóminas electrónicas: Empresas que tengan entre uno y diez empleados deberán realizar la primera generación y transmisión del soporte así: los meses de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022, de forma independiente, dentro de los diez primeros días hábiles de mayo de 2022. Y los meses de marzo, abril y mayo de 2022, de forma independiente, dentro de los diez primeros días hábiles del mes de junio de 2022.

Normas a tener en cuenta: Resolución 0013 de 2021 con modificaciones en las Resoluciones 000037 del 5 de mayo de 2021, 000063 del 30 de julio de 2021 y 000151 del 10 de diciembre de 2021.

 

Recuerden también que una vez inicien el proceso, en los primeros diez días de cada mes deben transmitir la nómina electrónica a la DIAN.

 

¡Vale la pena ser formal!

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