No son responsables Del Impuesto Nacional al Consumo:
De acuerdo al numeral 3 del artículo 512-1 del Estatuto Tributario:
“No serán responsables del Impuesto Nacional al Consumo de restaurantes y bares las personas naturales que cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:
- Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales, provenientes de la actividad, inferiores a 3.500 UVT por el año 2023 ($148.442.000)
- Que tengan máximo un establecimiento de comercio, sede, local o negocio donde ejercen su actividad”
¿Qué es el Impuesto al consumo?
Es un impuesto generado por la prestación o la venta al consumidor final, o la importación por parte del usuario final, de los siguientes bienes y servicios:
La prestación del servicio de telefonía móvil.
La venta de algún bien corporal mueble de producción doméstica o importado (vehículos automóviles, barcos, aviones).
El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas.
¿Cada cuánto presentarlo?
- Bimestral (Cada dos meses)
(Formulario 310 dispuesto por la DIAN)
¿Qué tarifa tiene?
Revisa que porcentaje te aplica de acuerdo a tu actividad económica
- 4%
- 8%
- 16%